Cultura, Sociedad, Política, Economía

Cultura

La Cultura Romana


La Cultura Romana, sucesora de la Cultura Griega en la Historia Universal, se desarrollo en la península Itálica. Esta península se encuentra al sur de Europa, penetrando en forma de bota el Mar mediterráneo.

Sus límites en la antigüedad fueron: por el norte con los Alpes; por el sur con el Mar Jónico y el Mar mediterráneo; por el este con el Mar Adriático y por el oeste con el Mar Tirreno.

1. PUEBLOS Y CULTURAS PRE-ROMANAS

En el territorio de la antigua Roma, se asentaron periódicamente diferentes pueblos, entre los cuales, lo más importares fueron los mediterráneos, los ligures, los italiotas, los griegos, los etruscos y los galos.
Los Mediterráneos, oriundos del lugar pero de origen desconocido. Fueron asimilados por los nuevos invasores de la península.

Los Italiotas, eran de raza indoeuropea, que invadieron las llanuras del Po, la Italia Peninsular y Sicilia, aportando las técnicas del bronce y del hierro. De norte a sur, pertenecían a este grupo los umbríos, los sabinos y los samnitas, que poblaron los montes Apeninos y los latinos, en la llanura de Lacio.

Los Griegos, se establecieron al sur de la península, formando la llamada Magna Grecia. En esta región sobresalieron las ciudades de Tarento, Nápoles y Siracusa.

Los Etruscos, procedían de Asia Menor. ocuparon la región de Toscana. Construyeron ciudades amuralladas e introdujeron el arco, que lo aplicaron en las bóvedas, cúpulas de los monumentos, en los puentes, en las cloacas y alcantarillados de las ciudades. Fueron grandes artistas en escultura, pintura y metalurgia.
Los etruscos fueron los que verdaderamente asimilaron e introdujeron la Cultura Griega a la Romana, siendo los latinos sus herederos.
Los Galos ocuparon la Galia Cisalpina (valle bañado por el río Po). En el siglo VI avanzaron hacia el sur y saquearon Roma, lo que obligo a los romanos a construir murallas perimétricas alrededor de la ciudad.

 2. INFLUENCIA DEL MEDIO GEOGRÁFICO EN SUS HABITANTES  

Es indudable la influencia del medio en los habitantes de un país, como en el caso de Fenicia la abundancia de madera que proporcionaban sus bosques y la estrecha faja costera de su territorio hicieron de su población los más grandes marinos de la antigüedad.

Del mismo modo en la península Itálica el clima atemperado como en Grecia, les permitió fortalecer el cuerpo con ejercicios físicos. Su territorio accidentado y sus grandes montañas, forjaron en ellos un espíritu aguerrido.




Sociedad:

El nuevo régimen político creado por Octavio Augusto y que con algunas variaciones se mantuvo hasta finales del s. IV presenta dos características;
  • Fuerte concentración del poder en la figura del emperador que adquiere los títulos de imperator (poder militar), princeps (principal autoridad política), y Pontifex Maximus (máxima autoridad religiosa.
  • Mantenimiento formal de las instituciones republicanas, pero vaciadas de poder.
  • El emperador gobernaba asesorado por cargos de confianza nombrados personalmente (secretarios y prefectos) y defendido por una guardia personal, la guardia pretoriana.

Para evitar disputas por el trono, Augusto fijó un sistema sucesorio, por el cual el emperador elegía a su sucesor, normalmente un miembro de su gens. Cuando el heredero no era su hijo, nombraba al elegido hijo adoptivo.

--El matrimonio--

¿Por qué se casaban los romanos? ¿Quién se podía casar?
El matrimonio era la situación natural entre adultos, ya que entre los romanos no se concebían los solteros. El matrimonio se acordaba para tener hijos y no por amor.
Para poder casarse los novios necesitaban el consentimiento paterno y ser ciudadanos, es decir disponer del derecho al matrimonio, el ius connubii.

Cuando no se tenían estos requisitos había otras uniones legales, aunque los únicos hijos legítimos y por lo tanto portadores de derechos eran los nacidos dentro del matrimonio.

¿Qué condiciones fijaba el matrimonio?

Había dos modelos de matrimonio legítimo:

·         matrimonium cum manu, por el que la esposaba abandonaba la familia de origen y se incorporaba a la del marido.
·         matrimonium sine manu, cuando la esposa permanecía bajo la autoridad del padre. Fue la fórmula habitual desde finales de la República ya que con ella la mujer podía recuperar la dote en caso de divorcio.

¿Cómo era la boda?
Si para los romanos la familia es el fundamento de su sociedad, lógicamente el día de la boda,nuptiae era uno de los más importantes en la vida del ciudadano y por eso se escogía con gran cuidado, consultando previamente los auspicios.

El día de la boda, los cónyuges celebraban una gran fiesta siguiendo un estricto ceremonial  muy parecido al actual.


¿Y si el matrimonio iba mal?Las rupturas matrimoniales eran poco comunes en un primer momento, ya que éste se consideraba una unión permanente. Sin embargo desde finales de la República y sobre todo durante el Imperio, se hicieron cada vez más frecuentes.



--La religiosidad Romana--

La religión preside toda la vida privada y pública del pueblo romano, el propio Cicerón sentenció: "si nosotros hemos vencido al universo es por la religión".
En la religión se observa al igual que en otros ámbitos el sentido práctico de los romanos. El principio fundamental que la rige es el do ut des. Así, no es de extrañar que adoptaran muchos de los dioses, creencias o ritos de los pueblos vecinos o conquistados (itálicos , etruscos, griegos, orientales), para aumentar la protección que recibían de las divinidades.

También por ello, los romanos fueron tolerantes con todos los cultos, excepto con el cristianismo, religión que no se legalizó hasta el s. IV, por su intolerancia hacia otros cultos y porque sus principios amenazaban la propia civilización romana.




Política:

Organización social y política en la sociedad romana.

1.-Clases sociales y ocupaciones.

La sociedad romana se configura de dos clases sociales que tenían la ciudadanía romana: una aristocracia de propietarios (patricios) y una clase popular que luchaba por conseguir derechos(plebeyos). Como ya se ha dicho anteriormente, la economía estaba basada en el sistema de producción esclavista, donde la mayoría de los esclavos eran prisioneros de guerra. Existían mercados de esclavos donde se comerciaba con ellos como si fuesen simples mercancías.
Así pues la sociedad romana estaba dividida en:
  • Patricios: la clase dominante que poseía todos los privilegios tanto fiscales, como judiciales, políticos y también culturales.
  • Plebeyos:eran el pueblo que no gozaba de todos los derechos ni privilegios.
  • Esclavos: no tenían derechos y eran posesión de sus amos. El esclavismo era toda una institución social en Roma. No fue un esclavismo de raza, como sí lo sería siglos después. En Roma cualquiera podía ser esclavo; la fuente de esclavos provenía sobre todo de pueblos conquistados, pero también de delincuentes u otra gente que fuera degradada a esa clase social por algún motivo. En realidad el esclavismo no era más que la clase social más baja. Y como toda clase, también era posible ascender a veces comprando la propia libertad, o simplemente por el deseo expreso del amo que se formalizaba con el acto de de manumisión, un privilegio exclusivo de todo propietario que convertía al esclavo en liberto (esclavo liberado).
-Concepto de ciudadano y no ciudadano.
Un ciudadano es un miembro de una comunidad politica. La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos.
Entre los más importantes derechos, destacan por su importancia los de participación en los beneficios de la vida en común. Además de la imprescindible participación política, mediante el derecho al voto  que es la seña de identidad de las democracias representativas predominantes en el mundo.
Entre los deberes, destacan la obligación de respetar los derechos de los demás, de contribuir al bien común respetar los valores predominantes – que incluyen el sentido de justicia y de equidad -, y otros que contribuyen a afirmar la tesitura social y la paz.Un no cuidadano, no tiene los derechos que tiene un ciudadano, no puede votar ni hacer nada.

2.-Organización política. 

Se llama magistratura romana a la dignidad, cargo y conjunto de atribuciones con las cuales, en la antigua Roma, se investía a un ciudadano para que desempeñara determinadas funciones relacionadas con la administración y dirección política de la ciudad.
En la República romana, finalizada la monarquía (año 509 a. C.), el lugar del rey fue ocupado por dos magistrados a los que se llamó primero pretores y luego cónsules. Según la tradición romana, la aristocracia, para evitar los abusos en que habían incurrido los antiguos reyes, estableció una serie de medidas limitantes al poder de los nuevos oficiales. Así, se dispuso que cada uno tuviera veto sobre la decisiones del otro (intercessio); que gobernaran sólo por un año; que las penas o castigos que impusieran pudieran ser apeladas ante las asambleas del pueblo (provocatio ad populum) y, que una vez terminado su mandato, fueran responsables por los actos contrarios a la ley que, eventualmente, cometiesen en el cargo.
Con el tiempo, las funciones de los cónsules se disgregaron en una serie de nuevas magistraturas, a saber: la cuestura ( 447 a. C.); la censura (443 a. C.); la pretura urbana (367 a. C.); la edilidad (365 a. C.) y la pretura peregrina (242 a. C.). Todas ellas compartían las características de ser colegiadas, temporales y responsables.
Dicha magistraturas constituían el gobierno regular de la ciudad, y por ello eran llamadas ordinarias. Frente a ellas, atendiendo la necesidad de contar con una conducción unitaria y firme para los períodos de crisis, se creó la dictadura (en torno al año 500 a. C.), la cual fue incorporada a la constitución republicana con el carácter de magistratura extraordinaria. Otras magistraturas de igual carácter, pero de existencia restringida a determinados períodos de la República, fueron: el decemvirato y el triunvirato.
-Magistraturas ordinarias

La carrera política “cursus honorum” de un romano debía pasar por diferentes magistraturas, en un orden determinado, hasta alcanzar el consulado, que era la magistratura suprema. Este “cursus honorum” se iniciaba a los 27 años, después de haber cumplido el servicio militar. Tenían que pasar 3 años entre el ejercicio de una magistratura y al inmediatamente superior. Eran las que habían normalmente.
 -Magistraturas no ordinarias.
El senado:
Los senadores formaban el ppio, el consejo de los estados crueles, no podían reuniese sin que estos los convocaran.
La lista de los 300 miembros era primeramente redactada por los cónsules, luego por los censores.
Todos los antiguos magistrados crueles pasaban a figurar en ella cuando dejaban el cargo.
Sus funciones:
Autoritas patrum: era la rectificación de las decisiones tomada por el pueblo en los comicios, sin cuyo requisito, no eran obligatorias.
Militares: llamaba a las filas en caso de guerras, autorizaba o no las expediciones al servicio militar.
Se ocupaban, junto con los comicios, todo lo ateniente a las relaciones internacionales.
Asamblea:
La República romana (en latín: Res Publica Romanorum) tenía los poderes gubernamentales separados en 4 asambleas: el Comicio por curias, el Comicio por centurias, el Comicio por tribus’ y el Concilium Plebis (Consejo de la Plebe).
A diferencia de las cámaras modernas, estos cuerpos representativos combinaban las funciones jurídicas, legislativas y electorales, como lo hacían también los magistrados. Aunque no existía una separación clara de poderes, el intrincado balance Constitucional y la división de los poderes en la República fue notablemente elaborado. Ellos poseían el poder para hacer ex post facto leyes, retroactivamente haciendo un acto dado ilegal. Hay que denotar que el Senado Romano era una cámara deliberadora, y no poseía poderes legislativos ni jurídicos. 
Asamblea por curias
El Comicio por Curias era la más antigua asamblea romana después del Comisio Calata. Cada una de las 3 tribus antiguas tenía 10 curias, y estas a su vez 100 hombres. En total eran entonces 3.000 personas que constituían las curias juntas. Este órgano, en un principio, elegía a los más altos magistrados, pero posteriormente sólo confirmaba e inauguraba las elecciones de la Asamblea por Centurias. 
Asamblea por centurias
El Comicio por centurias incluía a patricios y plebeyos organizados dentro de 5 clases económicas (teoría hoy en día bastante desechada por cualquier historiador; pocos hablan de más de dos clases (los Caballeros y Senadores eran la Primera Clase) y distribuidos entre divisiones internas llamadas centurias. La membresía de la Asamblea requería cierto estatus económico, y poder el cual principalmente recaía en los miembros de la primera y segunda clases. La asamblea se reunía anualmente para elegir a los cónsules y pretores, y cada cinco años para elegir a los Censores. También se reunían para intentar casos de alta traición (perduellio), aunque esta última función cayó en desuso después de que Lucios Appuleius Saturninus introdujera un formato más realizable (maiestas). (traición pequeña)
El voto de un ciudadano no contaba dentro de la Asamblea por Centurias. Mas, el voto individual era contado dentro de su Centuria y determinaba el voto final de aquella Centuria. A causa de que sólo las primeras 18 Centurias (y las más ricas) poseían un número nominal de miembros (100), miembros de otras Centurias ejercían una influencia desproporcional sobre los votos finales de cada una de ellas. 
Asamblea por tribus
El comicio por Tribus incluye a patricios y plebeyos distribuidos entre 35 tribus en las cuales todos los ciudadanos romanos son ubicados para propósitos administrativos y electorales. La mayoría de la población urbana de Roma estaba distribuida entre 4 tribus urbanas, lo cual significaba que sus votos individuales eran insignificantes. Como en la Asamblea por Centurias, el voto era indirecto, con 1 voto proporcionado por cada tribu. El voto era por lo tanto inclinado en favor de las 31 tribus rurales. La asamblea por tribus se reunía en el Foro Romano, elegía a los ediles (curules solamente), los cuestores, y los tribunos de la plebe. Condujo además la mayoría de los juicios hasta que el dictador Lucius Cornelius Silla estableciera las Cortes (quaestiones). En la tabla de la derecha podemos observar las formas de gobierno de Roma.



Economía:

No hace falta haber estudiado mucha historia para saber que la economía romana se sustentaba en gran parte por el trabajo de los esclavos. De hecho gran parte del saber heredado de los griegos y de los romanos se lo debemos al trabajo de los esclavos de la antigüedad.
En esta entrada trataremos de poner en valor a este colectivo, obligado en ocasiones a dar su vida a cambio de nada y que, según la época, pudo disfrutar de un estatus jurídico con ciertos derechos, el fundamental la posibilidad de obtener su libertad y convertirse en libertos.

El Derecho privado romano es la base que sustenta nuestro ordenamiento jurídico. Muchas de las instituciones jurídicas creadas en esa época siguen totalmente vigentes en nuestro Código Civil. La de los esclavos, afortunadamente, ha sido erradicada de nuestra civilización europea, si bien podemos extraer muchas conclusiones estudiando su regulación antigua.
Con la expansión de Roma a partir del S. III a.C crece enormemente el número de esclavos cautivos de guerra. Los esclavos trabajaron en tareas agrícolas de los grandes latifundios, en la explotación de minas, en las obras públicas y en las empresas marítimas y terrestres. Además, no hay que olvidarlo, los esclavos más instruidos ocuparon oficios de responsabilidad en la casa y en los negocios.
Es con la crisis económica de la época post-clásica que vemos caer paulatinamente la mano de obra cautiva, al disminuir la incorporación de esclavos de la guerra. La influencia de la legislación cristiana que, si bien no abolía la esclavitud, introdujo el principio de libertad natural de los hombres, ayudó a mejorar las condiciones de vida de los esclavos y favoreció su progresiva liberación.
Entrando de lleno en la regulación de la figura del esclavo, hay que tener en cuenta que se basa en que el esclavo es a la vez propiedad de su dueño y persona. Esta concepción dual impregna todo el ordenamiento jurídico. Si bien puede parecernos una figura lejana y sin conexión con la realidad actual, el esclavo se asemejaba en sus deberes y derechos a la figura de los hijos y las mujeres en esa época.
La patria potestad daba al pater familias un poder absoluto sobre la familia, hasta el punto de tener derecho sobre su vida y su muerte (rasgo brutal abolido en el S. IV por Constantino). Similar era el derecho del padre de familia sobre los esclavos a su cargo, llamado dominica potestas.
El esclavo no tenía capacidad jurídica, por lo que tanto las obligaciones adquiridas por él como los delitos no se le imputaban directamente, recayendo sobre su dueño. Tampoco podía tener patrimonio propio.
Causas de la esclavitud:
  • Nacimiento de madre esclava, incluso si el padre era un hombre libre. Una curiosidad que tiene su reflejo en los derechos del nasciturus del Código Civil actual, es que será libre el hijo cuya madre era esclava en el momento de la concepción pero fuera manumitida (liberada) antes de la concepción.
  • Cautiverio de guerra, principal forma de esclavitud.
  • Determinadas penas públicas: desertores, insumisos a la leva militar o los que no cumplían con las obligaciones del censo, por poner algunos ejemplo.

--La manumisión--

La manumisión era el acto de disposición por el que el dueño daba voluntariamente la libertad a su esclavo, y ordinariamente hacía ciudadano al liberto (esclavo liberado).
Esta liberación podía hacerse en vida o mortis causa, manumitiendo al afortunado en su testamento. Incluso se podía conceder la libertad a través de fideicomiso, estipulación testamentaria por la que el fallecido encarga a un heredero para que manumitiera a su esclavo.
El liberto pasaba a ser un ciudadano libre, si bien existía un vínculo entre el patrono y él conocido por derecho de patronato. Por una parte el patrono estaba obligado a un trato de favor y protección para con el antiguo esclavo. El liberto, por su parte, debía prestar ayuda y colaboración en la vida pública y en las obligaciones que el patrono o sus hijos asumieran.
Estas figuras jurídicas mencionadas puedes parecernos obsoletas y pasadas de moda, pero muchas de ellas son la base de las normas a las que cotidianamente nos enfrentamos en nuestra vida civil. La esclavitud propiamente dicha no, por fortuna.


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